Alianza Social de Trabajadores de la Industria Mexicana

sábado, 16 de julio de 2011

Corrupción de ingenieros de CFE‏

La frase de hoy…
Lo único que impide a Dios mandar un segundo diluvio, es que el primero fue inútil
Chamfort
Videos que debes ver…
"La decepcionada disidencia del SME"
Video donde un simpático gordito habilitado de periodista habla de la disidencia del SME, dos cosas que hay que decirle al conductor …una es que la traición no se perdona y dos que nosotros justamente por estar unidos…¡Vamos a Ganar!
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Aún no discuten iniciativa para sustituir a LFC
Comisión de Energía, otra vez sin quórum
Georgina Saldierna
Periódico La Jornada
Sábado 16 de julio de 2011, p. 17
Por falta de quórum, la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados de nueva cuenta no pudo sesionar ayer para analizar la propuesta perredista de crear una empresa que sustituya a la desaparecida Luz y Fuerza del Centro (LFC).
El presidente de la comisión, Felipe de Jesús Cantú, advirtió que si los diputados de esta instancia no llegan el próximo lunes, fecha para la que se les volvió a citar, la iniciativa se tendría que ir directamente al pleno, con el peligro de que no haya una argumentación de fondo sobre el tema, como sucede en comisiones.
El legislador panista expuso que la iniciativa del diputado perredista José Narro plantea asignación de recursos, pero no dice cuántos, y ese es un tema que debería estarse discutiendo.
Cantú estimó que se requieren aproximadamente 200 mil millones de pesos, los cuales tendrían que salir de planes de inversión que ya tiene el gobierno federal y de programas sociales para atender a los más pobres, como los de salud, de manera que el proyecto de dictamen presentado a la comisión va en sentido negativo.
Por último, dijo que si los legisladores quisieran argumentar en contra, el mejor lugar para discutirlo es la propia comisión, el próximo lunes.
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Votarán diputados creación de nueva empresa eléctrica
Discutirán el tema el próximo lunes, según la Comisión de Energía
La Comisión de Energía de la Cámara de Diputados se reunirá el lunes entrante para la discusión y votación de la iniciativa que crea una nueva empresa de generación y distribución de energía eléctrica.

De no reunirse el quórum necesario, la iniciativa será turnada al Pleno para su aprobación o rechazo con las dos terceras partes de la votación de los legisladores presentes.

Lo anterior fue informado por el presidente de la Comisión de Energía, el panista Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, quien explicó que conforme al nuevo Reglamento de la Cámara de Diputados, en el artículo 89 refiere que si el dictamen no se ha presentado, a más tardar, en dos sesiones, se turnará a la Mesa Directiva para que ésta la incluya en el orden del día.

Según el Reglamento de la Cámara de Diputados, cualquier iniciativa que no sea dictaminada a favor o en contra en comisiones, pasará directamente al Pleno camaral, que por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes presentes decidirá el sentido del documento.

El legislador Cantú Rodríguez dijo que no se ha visto reflejada la voluntad política de la mayoría de los integrantes de la Comisión de Energía, situación que provoca que se venzan los plazos para discutir los dictámenes que fueron turnados a este órgano legislativo.

“Si no llegamos al quórum que necesitamos el próximo lunes, la iniciativa del diputado José Narro (PRD), se tendrá que resolver en el Pleno y será más escandaloso porque los debates se tornan más acalorados”, dijo.

En entrevista por separado, el diputado César Francisco Burelo Burelo, del grupo parlamentario del PRD, indicó que la intención de los legisladores del PRI en no acudir a las reuniones ordinarias, para evitar aprobar el dictamen que rechaza la creación de una nueva empresa de generación y distribución de energía eléctrica, que sustituya a la extinta Compañía de Luz y Fuerza del Centro.

El legislador comentó que no son incongruentes las manifestaciones de los legisladores que se han pronunciado en apoyar a los 44 mil empleados que fueron liquidados por la extinta Compañía de Luz y Fuerza, “cuando no acuden a las reuniones de Comisión para poder defender su postura”.

Fuente:
El Financiero
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RED DE CORRUPCIÓN EN LA CFE Y LOS INGENIEROS INVOLUCRADOS
MÁS CORRUPCION EN LA C.F.E.

Saludos Ciberlectores,

Nuevamente nos llego otro correo de uno de nuestros colaboradores refiriéndose a LA ULTRA MEGA CORRUPCION A LA ALTA ESCUELA QUE SE PRACTICA LIBRE Y DESCARADAMENTE EN LA C. F. E. , un Ing. de la mencionada Empresa Nos relata todas las ENORMES Y MILLONARIAS CORRUPTELAS COMETIDAS POR EL ING. JOSE MIGUEL OLEA CASTRO, CAPITANEADO POR LA RATA INMUNDA DEL ING. RAMON FERNANDEZ VELAZQUEZ , EN COMPLICIDAD CON EL ING. LUIS HUMBERTO ALVAREZ GARCIA Y EL ING. IVAN RODRIGUEZ LOPEZ QUIENES TIENEN UNA BIEN CONTROLADA RED DE CORRUPCION TANTO PARA ESTAFAR A LA C.F.E.

INVENTANDO ’’CONTRATOS ’’ O CONVENIOS Y TAMBIEN VACUNANDO A LOS CONTRATISTAS O AMENAZANDOLOS SI NO AFLOJAN LA CONSABIDA MORDIDA.

TODOS ESTAS MANZANAS PODRIDAS DE LA C.F.E. DE ROSARITO, DE GUERRERO NEGRO Y DEL D.F. DICEN QUE SON MUY PODEROSOS Y ALARDEAN DE IMPUNIDAD, PUES DICEN TENER TODO EL APOYO DE LOS PRINCIPALES FUNCIONARIOS DE PRIMER NIVEL Y CACAS GRANDES DE LA C.F.E. COMO LO SON LAS SIGUIENTES ESCORIAS : ANTONIO VIVANCO CASAMADRID, FERNANDO JOSE BUENO MONTALVO, ABEL HUITRON ROSSETE Y ROGELIO ARTURO AVIÑA MARTINEZ O SEA QUE ENTRE TODOS ESTOS BANDIDOS SE REPARTEN EL BOTIN MILLONARIO QUE OBTIENEN DE SUS TRANZAS EN ESTA DEPENDENCIA FEDERAL QUE SE SUPONE ES PATRIMONIO DE TODOS LOS MEXICANOS PERO POR LO QUE VEMOS ES PROPIEDAD DE TODOS ESTOS RATEROS Y CORRUPTOS INFIELES FUNCIONARIOS .


Nos comentan en este mismo correo que un Ing. de nombre EVERARDO DE LA TUBA CORONEL se ha atrevido VALIENTEMENTE A DENUNCIAR A TODA ESTA PANDILLA DE DELINCUENTES, poniendo en riesgo su Integridad física y la de su Familia, ya que estos pillos lo han amenazado y dicen tener ubicado su domicilio particular aquí en esta Ciudad de Tijuana como su otro domicilio en el Estado de Sonora.

También nos comentan que estos DELINCUENTES OFICIALES CUANDO HACEN UN CONCURSO YA TIENEN TODO AMAÑADO YA QUE ELLOS MISMOS ARMAN LOS PAQUETES Y EL CONTRATISTA GANADOR YA SABE QUE EL VA A SER EL BUENO YA QUE LOS OTROS COMPETIDORES CON EMPRESAS CONSTRUCTORAS FANTASMAS O PALEROS. – Y TODAVIA TIENEN LA DESFACHATES ESTOS BANDIDOS DE LA C.F.E. DE GRABAR LOS CONCURSOS Y ENVIAR EL VIDEO A LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA QUE POR CIERTO SIRVE PARA TRES COSAS ………….PA NADA PA NADA Y PA NADA !!!

Y ya que hablamos de FUNCIONARIOS FEDERALES les comentaremos que ya por ahí se andan mencionando los nombres de las siguientes MANZANOTAS PODRIDAS : ANTONIO VALLADOLID, ALEJANDRO MAONRRAZ Y JAVIER CASTAÑEDA COMO POSIBLES CANDIDATOS A LAS DIPUTACIONES FEDERALES DE LOS DISTRITOS CUARTO, QUINTO Y SEXTO, QUE NO TENDRAN VERGÜENZA !!! ESTAS ESCORIAS, QUE ACASO NO SABEN HACER OTRA COSA MAS QUE VIVIR DEL PRESUPUESTO, SI YA SABEMOS TODOS LOS TIJUANENSES QUE ESTE TRIO DE PANDILLEROS NUNCA HAN SERVIDO PARA NADA MAS QUE PARA ENRIQUESERSE, QUE ACASO EN EL P.A.N. NO TENDRAN MAS PROPUESTAS QUE ESTOS BANDIDOS. – ADEMAS EL HERMANO INCOMODO DEL REPROBADO E INUTIL GOBERNADOR LU – PILLO OSUNA MILLON EL MEDIOCRE E MINCAPAS DIPUTADO FEDERAL MIGUEL OSUNA MILLON QUIERE SER SENADOR O ALCALDE, FOR FAVOR SEÑORES PANISTA QUE LES PASAS, SI ENTRE TODA LA MILITANCIA USTEDES TIENEN MUY BUENOS PANISTAS DE CONVICCION Y MAGNIFICOS ELEMENTOS QUE PUEDEN SER UNOS BUENOS CANDIDATOS PERO POR FAVOR ¡ QUE NO SEAN NINGUNO !!! DE ESTAS MANZANAS PODRIDAS !!!
GRACIAS ESTIMADOS CIBERNAUTAS,
HASTA LA PROXIMA
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Libertad sindical y jurisprudencia de la SCJN
Arturo Alcalde Justiniani
En el artículo anterior, señalamos que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión de gran importancia para el futuro de la libertad sindical en nuestro país el pasado 20 de junio, al modificar la jurisprudencia 86/2000, que faculta a las Juntas de Conciliación y Arbitraje y a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a verificar si el procedimiento de elección de una directiva se apega a los estatutos y a la Ley Federal del Trabajo.
La jurisprudencia 86/2000, dictada por la Segunda Sala del máximo tribunal, otorgó desde su nacimiento, hace 11 años, una excusa legal a las autoridades laborales para justificar su intervención en la vida de los gremios y obstaculizar a aquéllos de corte democrático, mal vistos por el gobierno o los patrones. Ha bastado cualquier omisión, por intrascendente que parezca, para negar o condicionar la toma de nota, necesaria para acreditar la personalidad jurídica del sindicato: la falta de una firma, el error en una fecha, convocatoria o acta, la actualización de padrones, la ausencia de la firma del patrón reconociendo la relación laboral o una caprichosa interpretación del procedimiento, son parte de un amplio catálogo que se usa para este fin. Combatir la decisión negativa de la autoridad, obliga al sindicato a una larga batalla jurídica por la vía de amparo, colocándolo contra la pared, pues requiere de ese papelito para funcionar.
Con fecha 3 de diciembre de 2009, el magistrado Héctor Arturo Mercado, integrante del tercer tribunal colegiado en materia de trabajo del primer circuito, presentó ante la Corte una solicitud de modificación de la jurisprudencia 86/2000. Su petición se fundó en los principios de libre asociación garantizados en la fracción XVI del Artículo 123 constitucional, en diversas decisiones asumidas por la propia Corte y en la vigencia y preminencia del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de observancia obligatoria hace más de 60 años, destacando el punto 2 de su artículo 3, que a la letra señala: Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.
El magistrado enriqueció sus argumentos con criterios del Comité de Libertad Sindical de la OIT, entre otros el que a la letra dice: 403.- El registro de las comisiones directivas de las organizaciones deberá producirse automáticamente tras la notificación de parte del sindicato y sólo deberá ser impugnable a petición de los afiliados del sindicato en cuestión. Señaló el peticionario que la facultad registradora debe limitarse al qué debió hacer la organización solicitante, pero no al cómo en cada una de sus etapas. Afirmó que de no hacerlo así, llevaría a la autoridad registradora a abdicar en su obligación de abstenerse de toda intervención, más aún, cuando se trata de un simple procedimiento administrativo, por lo que su papel es de simple fedatario.
La discusión del pleno de la Corte los días 16 y 20 de junio, concitó la atención, tanto de los interesados en que la democracia sindical ganara esta batalla, como de aquellos preocupados en seguir usufructuando el control gremial. Entre estos últimos estaba, sin duda, el grupo de empresarios que han invertido múltiples esfuerzos para impedir la toma de nota al dirigente del sindicato nacional minero metalúrgico; un cambio en la jurisprudencia impactaría esta decisión.
Los argumentos vertidos por las ministras y ministros del pleno de la Corte son de gran relevancia para el futuro laboral; al inicio se propuso rechazar el cambio de jurisprudencia, sosteniendo que no autorizar la intervención de las autoridades laborales para cotejar la documentación sindical con estatutos y ley, tornaba ociosos los requisitos y garantías contenidas en esas normas. En principio, este razonamiento parecía lógico, pero perdía de vista la naturaleza del sindicato y el contexto real en el que sobreviven las organizaciones gremiales legítimas en nuestro país.
La discusión en el pleno de la Corte fue enriquecida con argumentos de diversa naturaleza. Se sostuvo, con razón, que no existía fundamento legal para tal intervención y que autorizarla sin límites significaba una lesión a la libertad y autonomía sindicales. La reciente reforma constitucional, que integra los derechos humanos a nuestra legislación, agregó argumentos particularmente valiosos. Habían pasado tan sólo nueve días de su entrada en vigor.
En estos debates jurídicos las referencias concretas suelen aportar claridad. Así, se planteó una similitud entre la toma de nota y la protocolización de una escritura ante el Registro Público de la Propiedad, donde el registrador no hace observaciones sobre el contenido del documento, sus vicios de consentimiento o el apeo o deslinde. Irónicamente, en materia de derecho de asociación, las entidades del sector privado gozan de mayor autonomía que las del sector social: aquellas no requieren de toma de nota y ni siquiera se discute que para preservar su seguridad jurídica haya que fiscalizarlas cuando cambian su directiva.
Los ministros no pueden soslayar que la toma de nota ha sido descalificada por la OIT y es inexistente como tal en países democráticos para quienes la intromisión del Estado en la vida de los sindicatos sería inadmisible. Tampoco puede ignorarse que las llamadas autoridades registradoras no son imparciales, atributo fundamental de cualquier árbitro o juzgador; es absurdo verse obligado a solicitar la toma de nota ante una instancia integrada por el representante del propio patrón, del Poder Ejecutivo y de un líder sindical generalmente poco propicio a las prácticas democráticas, quien seguramente sobrevive gracias a la ausencia de éstas.
Quedan muchos temas en el tintero, incluyendo el texto final de la decisión de la Corte, pero no cabe duda: es de celebrarse este tipo de decisiones que contrastan con las iniciativas de reforma laboral que pretenden limitar la libertad de asociación.
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