En puerta, la hiperpublicidad
televisivaJenaro Villamil
A fin de permitir la difusión de infomerciales de manera indiscriminada
–incluyendo los de índole político-electoral–, de que los concesionarios tengan
hasta tres canales dedicados sólo al telemarketing y de darle facultades a la
Secretaría de Gobernación para que regule los contenidos y reserve
“gratuitamente” de uno hasta tres canales para el gobierno federal, la Cofetel y
la SCT elaboran un nuevo Reglamento del Servicio de Televisión y Audio
Restringidos.
El borrador del documento, cuya copia obtuvo Proceso, no prohíbe las “ventas
atadas” de programación en las señales de televisión por cable –práctica
recurrente de Televisa y sus empresas de cable y satelital– y le resta
facultades a la Cofetel como organismo regulador de las señales de televisión
restringida.
No sólo eso. Le otorga facultades exclusivas a la Secretaría de Gobernación
para regular el contenido de la programación, pero no aclara cómo se vigilará a
los programadores extranjeros. También le brinda más facultades a la SCT que a
la Cofetel para resolver la instalación de la red de los concesionarios, para
supervisar que éstos cumplan con su título de concesión y para resolver las
prórrogas.
El documento, con fecha del 19 de mayo último, establece en materia de
programación y publicidad la siguiente regla en el artículo 31:
“Para que los concesionarios o permisionarios que presten el servicio de
televisión restringida puedan incluir publicidad dentro de su programación,
deberán transmitir, diariamente, el siguiente porcentaje de programación
nacional:
“1.-Tratándose de servicios de televisión restringida terrenal, el 7% de la
programación total diaria de la red; y
“2.-Tratándose de servicios de televisión restringida vía satélite, el 8% de
la programación total diaria de la red”.
El reglamento no menciona la producción independiente. En México, los dos
únicos proveedores de contenidos nacionales son Televisa y TV Azteca, con lo
cual garantizan una cuota de repetición de su programación......

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