Alianza Social de Trabajadores de la Industria Mexicana

sábado, 9 de marzo de 2013

DINERO- El derecho al territorio y la Suprema Corte-Patishtán: injusticia emblemática

Dinero
Salinas de Gortari pide que le devuelvan sus bienes
Ha vivido 10 años de cárcel y 16 de proceso
No simpatizan con la idea
Enrique Galván Ochoa
Después de 16 años de proceso, 10 en prisión, el célebre hermano incómodo Raúl Salinas de Gortari pide que sea cerrado su caso y le devuelvan sus bienes. ¿Estás de acuerdo con su petición?: 86 por ciento de nuestros foristas encuestados esta semana contestaron no; 6 por ciento opina que , y 8 por ciento participó con distintos puntos de vista.
Metodología
Enviamos un cuestionario a 3 mil personas cuyos buzones electrónicos tomamos al azar entre los miembros de El Foro México. Contestaron mil 582. En seguida reproducimos fragmentos de algunas opiniones que expresaron.
Opiniones
Escribo el día después del gordillazo, nadie debe estar por encima de la ley. Ellos: Salinas, Gordillo, Deschamps, Fox and family, Calderón y familia, ahora EPN, etcétera.
José A. Cervantes Pérez / Uruapan
Los crímenes de Raúl muestran una parte de todo el conjunto de enjuagues perpetrados por Carlos Salinas.
León Felipe Arellano Luna / Puebla
Definitivamente… que pague por sus fechorías, que le decomisen el dinero que tiene en forma ilícita, recordemos que hay enriquecimiento ilícito entre otras cosas por corrupción en puestos privilegiados que su hermano le solapó. El hecho de que haya pasado el tiempo no implica que se nos haya olvidado.
María del Rosario Barragán / Tepic
Es tiempo de que se le regresen sus bienes al pueblo de México... Aunque el hermano cómodo de Raúl vuelve a tomar las riendas del país, es tiempo de estar alertas con los cambios que se están haciendo a la Constitución, con el fin de que al jodido joderlo más.
Santiago González Velázquez / Monterrey
Hay dos casos emblemáticos del regreso del PRI, con la guía espiritual de Carlos Salinas de Gortari: el del hermano incómodo Raúl Salinas de Gortari, su hermano es otra vez el poder detrás del trono. Y el otro caso es el de la ex esposa de Arturo Montiel. Ambos casos serán símbolos de la impunidad que se continuará dando a los cuates.
René Monroy Ramos / Tampico
Sería bueno que se le juzgara y con todas las tropelías que cometió, desde credenciales de IFE falsas, relaciones peligrosas y el cobro del 10 por ciento sobre obras del gobierno, creo que ni fianza alcanzaría. Cambiamos nosotros, cambia México.
Foto
Jaime Corona Acosta / Distrito Federal
Después del largo proceso y 10 años de prisión, no es cuestión del tiempo para cerrar su caso, sino de la línea que le dará EPN a los tribunales ordenada por el hermano Carlos Salinas de Gortari que es el verdadero presidente de México, ya que en este país no hay una verdadera división y contrapeso de poderes.
Joel Quintero Estrada / Guadalajara
Mi opción es no, pero conociendo a la Suprema Corte, que siempre trabaja por encargo, ésta se va a encargar de cerrar el caso y de devolverle los bienes a Raúl, que no son de él, sino de nosotros, pero para ese momento la Suprema ya legalizó el atraco.
Emilio Bautista Salazar / Distrito Federal
Sí, que se le regrese... pero a la cárcel y que regrese lo que se robó. Pero sólo aquí se premia la corrupción, la impunidad, la transa. ¿No dijo Peña Nieto que Romero Deschamps tenía tanto dinero porque ha trabajado mucho? ¿Y no acaba de asistir gustoso a la celebración de la CTM, con el otro líder, representante de los obreros, el millonario, corrupto y cínico Gamboa Pascoe?
José Nájera Rodríguez / Distrito Federal
Nadie debería verse en la necesidad de pedir al juzgador que resuelva su caso, sino que la resolución tal debiera ser automática y sujeta a un plazo bien definido, luego de desahogarse todas las diligencias previstas y supervenientes. Pero no sólo para un individuo de dudosa moralidad, sino para los miles de mexicanos que están detenidos y no han recibido un juicio justo.
Carlos Lara Arellano / Guanajuato
¿Qué ya se le comprobó el origen legítimo de sus bienes? ¿Ya nadie se acuerda de la leche contaminada de Conasupo cuando él era el responsable?
Marilú Robles Pretelin / Veracruz
Twitter: @galvanochoa
Facebook: @galvanochoa
El derecho al territorio y la Suprema Corte
Miguel Concha
Luego de décadas de lucha y despojo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá en pocos días la demanda por la restitución del territorio del pueblo ch’ol, asentado en el ejido Tila, del estado de Chiapas. Con esta discusión inédita, el máximo tribunal de nuestro país se pronunciará por primera vez en torno al derecho a la tierra y al territorio de las comunidades indígenas en nuestro país.
 
Se trata de un ejemplo de dignidad, en el que la comunidad entera se ha movilizado para interpelar al Estado de manera clara, respetuosa y directa. Una historia como muchas otras en nuestro país. El pueblo indígena ch’ol ha habitado el territorio en disputa desde tiempos inmemoriales. Diversos documentos históricos permiten corroborar la existencia del pueblo de Tila, al menos desde la época colonial. Esto manifiesta con contundencia –de conformidad con lo dispuesto en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, así como con el artículo 2 de la Constitución Política de nuestro país– la legitimidad indígena de este pueblo, cuyos orígenes se remontan a tiempos anteriores a la conformación del propio Estado mexicano. Además, en el periodo posrevolucionario el Estado validó la posesión de sus territorios mediante la figura del ejido. Y en el decreto presidencial de 1934 no se dotó de tierra a los habitantes del pueblo, sino que se reconoció que ellos habitaban y poseían esas tierras, con lo cual se constituyó jurídicamente el ejido Tila.

Lamentablemente la ambigüedad de esta acción estatal generó una grave vulnerabilidad para este pueblo indígena. Y por ello en dos ocasiones han sufrido intentonas oficiales para despojarlos de 130 hectáreas. La primera de ellas en 1966, por conducto de la Secretaría de la Reforma Agraria. La segunda, en 1982, por el mismo Congreso del estado de Chiapas. Sin embargo, a pesar de estas dos acciones estatales en su contra, a todas luces violatorias de sus derechos colectivos, la cohesión de la comunidad permitió desarrollar estrategias exitosas para la defensa de su territorio, que derivaron en resoluciones que les favorecieron en 1994 y en 2008. En esa última ocasión el juez primero de distrito del estado de Chiapas concedió el amparo 259/1982 de forma lisa y llana, para dejar insubsistente el decreto expropiatorio, así como las acciones que hubiesen implicado el despojo material de esas 130 hectáreas.

El efecto de esta sentencia debió haber tenido la consecuencia legal de restituir la zona en disputa al ejido agraviado. Pero ante la exigencia de restitución por parte de la comunidad, sumada a la falta de cumplimiento por parte de la autoridad municipal, y tras diversos requerimientos en los que la autoridad no justificó la imposibilidad para cumplir la sentencia de amparo, el expediente fue remitido a la SCJN.
 
El caso resulta emblemático y ha llamado la atención de especialistas en materia indígena, como el doctor Rodolfo Stavenhagen –ex relator de pueblos indígenas de la ONU–, quien como experto independiente presentó argumentos ante la SCJN. En este recurso, conocido como amicus curiae, expone con una perspectiva socio-antropológica la dimensión cultural que vincula de manera específica al pueblo ch’ol con su entorno desde su propia cosmovisión.
 
Otros argumentos presentados ante la SCJN fueron los del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), quien por medio de otro amicus curiae ofrece también argumentos contundentes sobre el derecho de los pueblos indígenas, y sobre los estándares del derecho internacional de las garantías fundamentales en la materia. También es pertinente recalcar que en años recientes el ejido de Tila fue acompañado por el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (Frayba) en el estado de Chiapas.
 
A estas reconocidas opiniones habría que sumar las de diversas personalidades académicas, como don Pablo González Casanova, Magdalena Gómez, Alfredo López Austin, Gilberto López y Rivas y Adolfo Gilly, entre otros. También se ha pronunciado en favor de este pueblo ch’ol la comunidad artística, mediante voces como las de Ofelia Medina, Julieta Egurrola e Ilse Salas, quienes apoyan al ejido Tila en su reivindicación histórica.
 
En suma, podemos afirmar que la lucha de tres generaciones de ejidatarios para defender a lo largo de medio siglo sus derechos y su personalidad como pueblo indígena, ha concitado una solidaridad social que demuestra el tamaño de la responsabilidad que tiene ante sí el máximo tribunal de nuestra nación. Los pobladores de Tila exigen que se acabe la injusticia y el despojo; que les sean restituidas sus tierras; pero sobre todo el respeto a su territorio y su historia como pueblo indígena.
 
También han señalado que el grupo paramilitar Paz y Justicia es responsable de la violencia en ese ejido y en otros municipios. Este acoso es interpretado como una estrategia del gobierno estatal y federal contra el Ejército Zapatista de Liberación Nacional, pero también como una forma de difamación contra las y los indígenas del pueblo ch’ol, para que la SCJN no reconozca a plenitud su derecho a la tierra y al territorio.
 
Este caso representa una oportunidad indeclinable para establecer precedente sobre la protección del derecho de los pueblos indígenas a la tierra y el territorio. La SCJN debe aplicar plenamente la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, y así fundar su decisión en las garantías de los pueblos indígenas consagrados en tratados internacionales.
 
 
Patishtán: injusticia emblemática
El pasado miércoles, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó discutir el reconocimiento de inocencia solicitado por la defensa de Alberto Patishtán, indígena tzotzil preso desde 2000 y condenado a 60 años de prisión por el asesinato de siete policías en la comunidad chiapaneca de El Bosque. En el razonamiento de la mayoría de los magistrados que integran dicha sala del máximo tribunal, el caso no reúne los elementos de importancia y trascendencia necesarios para que la Corte lo revise y lo resuelva, y debe ser conocido, en todo caso, por un tribunal colegiado.
 
Más allá de los tecnicismos jurídicos aducidos por la Suprema Corte para justificar su decisión ante la opinión pública, el hecho es que los vicios y las faltas al debido proceso judicial observados en el caso de Alberto Patishtán no son menos graves y escandalosos que los que prevalecieron en los casos de la ciudadana francesa Florence Cassez y de los autores materiales de la matanza de Acteal, ambos revisados en su momento por el máximo tribunal y saldados con la liberación de los inculpados. Como han señalado y documentado ampliamente diversos organismos humanitarios nacionales e internacionales, el expediente de Patishtán está plagado de irregularidades desde el momento de su detención, realizada sin orden de aprehensión alguna, a las que deben sumarse las numerosas violaciones procesales que sufrió posteriormente. Para colmo, la principal prueba empleada en su contra –el testimonio inculpatorio del único sobreviviente en el ataque referido– fue desvirtuada por las propias autoridades judiciales responsables del caso, a grado tal que liberaron a otro de los inculpados en el mismo episodio y con el mismo testimonio. No es gratuito, en suma, que para muchos sectores de la opinión pública nacional e internacional la resolución del pasado miércoles genere sentimientos de disgusto y tristeza, como lo sintetizó ayer en una misiva el escritor británico John Berger.
 
Tal circunstancia refleja un doble rasero y un criterio discriminatorio inadmisibles por parte de los integrantes de la SCJN, que hace obligado preguntarse si las referidas decisiones del máximo tribunal en el sentido de liberar a personas sentenciadas por faltas al debido proceso se han apegado estrictamente a criterios de índole jurídica o si han incidido en ellas presiones políticas y de poderes fácticos tanto externos como internos.
 
Más allá de la inconsistencia señalada, el fallo de la SCJN convalida el extravío y la descomposición exasperantes de los aparatos de procuración e impartición de justicia en el país, que se refleja en el abuso del poder, en la fabricación de culpables, en el empleo faccioso y discrecional de las leyes, en la discriminación y la violación a las garantías individuales, y en el ensañamiento particular con que suelen desempeñarse tales instituciones al momento de relacionarse con individuos pertenecientes a las comunidades originarias, los cuales se ven sistemáticamente imposibilitados de ejercer plenamente sus derechos y sometidos al abuso y al atropello del poder público. En el caso de Patishtán, ese ensañamiento ha podido observarse tanto en el injusto proceso judicial en su contra como durante su encarcelamiento, marcado por la indolencia de las autoridades penitenciarias ante la degradación en la salud del indígena tzotzil y por los injustificables traslados a múltiples penales en Chiapas e incluso en Sinaloa.
 
La decisión de la SCJN, por último, reduce las posibilidades de liberación de Patishtán a una sentencia en ese sentido por parte del tribunal colegiado a que se turne su caso –perspectiva que luce poco probable– y a un indulto presidencial. El titular del Ejecutivo tiene ante sí, en suma, la oportunidad de reconocer y subsanar una profunda injusticia que adquiere, por las razones enunciadas, el carácter de emblemática.
El químico granuja-Helguera

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