La “defensa” de Calderón
Los voceros y comunicados oficiales del gobierno federal no han podido desmentir una sola de las afirmaciones de quienes acudimos a la Corte Penal Internacional (CPI): no han podido negar que en México se violan derechos humanos, que el Ejército tortura, comete desaparición forzada, viola sexualmente a mujeres y niñas, asesina civiles, que funcionarios del Instituto Nacional de Migración (INM) participan en el secuestro de migrantes o que en 95% de los homicidios de la narcoguerra el gobierno decidió no abrir investigaciones porque es más sencillo declarar que “se matan entre ellos”.
Tampoco han podido rebatir que el narcotráfico recluta niños para convertirlos en sicarios, que comete asesinatos y ataca hospitales y centros de rehabilitación de enfermos, que agrede a la población civil, que realiza decapitaciones masivamente y que se vale del INM para agredir a migrantes.
Ninguna de nuestras afirmaciones ha sido puesta en duda. Habría que informar a Calderón que para poder sostener que lo calumniamos tendría que demostrar primero que nuestros señalamientos son falsos. En realidad lo único que debaten sus voceros es si se reúnen los requisitos jurídicos para que intervengan los tribunales internacionales. Veamos.
Gerardo Laveaga –quien aspiraba a ser defensor del pueblo y se ha convertido hoy en defensor del gobierno– afirma que “el primer requisito de procedibilidad, como decimos los abogados, es que se haya agotado la instancia entre tribunales nacionales, lo cual no ha ocurrido”. Un abogado internacionalista, a diferencia de Laveaga, sabría que esto es falso. El principio de complementariedad enunciado en el artículo 1 del Estatuto de Roma implica que la CPI intervendrá en los casos en que un país no esté dispuesto a llevar a cabo procesos penales imparciales o no pueda realmente hacerlo. No siempre deben agotarse las instancias nacionales.
Precisamente hemos argumentado ante el fiscal de la CPI que en México no se han tipificado los crímenes de guerra y de lesa humanidad, así como el hecho de que en 24 entidades federativas tampoco es un delito la desaparición forzada, por lo que los tribunales mexicanos no podrán juzgar esos crímenes. Laveaga responde que esto no importa, dado que se pueden juzgar los delitos en México bajo otros tipos penales. No respondió cómo se juzgaría, por ejemplo, el reclutamiento de niños en calidad de sicarios por parte de los cárteles de la droga.
Pero adicionalmente afirma que los castigos pueden ser “mucho más grandes” en nuestro país en casos de homicidio, “privación ilegítima de la libertad” –un tipo penal inventado por él–, lesiones y tortura. Otra falsedad. Laveaga demuestra no tener un mínimo conocimiento de las penas que prevé el Estatuto de Roma. La CPI podría imponer cadena perpetua a los máximos responsables de la crisis humanitaria en México y tal sanción no se compara con la que corresponde a los delitos por él señalados. Particularmente la privación ilegal de la libertad –como se llama en México– no es un delito grave, por lo que incluso admite beneficios como la libertad provisional bajo caución. ¿Son superiores las penas en México?
También insiste en afirmar que la CPI solamente tiene competencia sobre tres tipos de delitos y que el de agresión no se ha definido. Otro grave error. Laveaga demuestra su falta de actualización jurídica. En 2010 la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma celebrada en Kampala definió ya el crimen de agresión. Muchos opinadores han citado a Laveaga como autoridad en la materia, cuando está demostrando que no conoce el derecho penal internacional.
Finalmente Laveaga plantea que en México se están haciendo todos los esfuerzos para respetar los derechos humanos porque el Congreso aprobó las acciones colectivas o porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación limitó el fuero militar. Es claro que no han comprendido que la CPI juzga a individuos y no a Estados. El fiscal analizará en su momento si los mandos del Ejército, la Marina, la Secretaría de Seguridad Pública e incluso los propios capos de la droga pudieron girar órdenes que evitaran la comisión de actos perseguibles bajo el Estatuto de Roma y si reprimieron o sancionaron a sus subordinados cuando los cometieron.
Una aclaración. Aquí critico los argumentos y no descalifico –a diferencia de Laveaga– a la persona ni sus motivaciones. Si los mejores argumentos que tiene la defensa de Calderón consisten en que el Congreso y la Suprema Corte cumplen con su trabajo o que quienes acudimos a la CPI estamos manipulados por fantasmagóricos villanos, desde ahora se puede decir que están derrotados.
Si participara en la defensa del gobierno panista, le recomendaría poner en vigor de inmediato protocolos de actuación en tareas de seguridad pública y ordenar al Ejército dejar de trasladar a los detenidos a cuarteles militares (donde se cometen actos de tortura). Le aconsejaría implementar el registro inmediato de detenciones e instruir a la PGR que aplique realmente el Protocolo de Estambul. Pero fundamentalmente le recomendaría ordenarle a la PGR iniciar averiguaciones previas contra los soldados que agreden a la población civil e integrarlas en forma diligente y profesional, es decir poner fin a su política de impunidad. Eso sí sería tomado en cuenta por la CPI.
Emplazo a Laveaga a que informe a la opinión pública qué tipo penal resulta exactamente aplicable al reclutamiento de menores de 15 años en México. Si no es capaz de responder, con seriedad le pido a Calderón que cambie de defensa y de estrategia. El tipo de descalificaciones, de agresiones y amenazas empleado en sus comunicados y por sus voceros contribuye a que nuestra sociedad vuelva a caer en el encono y en la intolerancia.
Tal vez sea mucho pedir a un hombre que hizo del odio y del miedo su principal campaña. Pero si queda algo de político en él, debería reconocer que nuestra nación está viviendo una profunda crisis social y que solamente está contribuyendo a exacerbarla. Muchos juristas destacados e incluso sus propios compañeros de partido intentan hacerle ver el error que comete cuando pretende perseguir y acallar a quienes buscamos encontrar justicia por vías jurídicas e institucionales. ¿Escuchará? l
@Netzai_Sandoval
Tampoco han podido rebatir que el narcotráfico recluta niños para convertirlos en sicarios, que comete asesinatos y ataca hospitales y centros de rehabilitación de enfermos, que agrede a la población civil, que realiza decapitaciones masivamente y que se vale del INM para agredir a migrantes.
Ninguna de nuestras afirmaciones ha sido puesta en duda. Habría que informar a Calderón que para poder sostener que lo calumniamos tendría que demostrar primero que nuestros señalamientos son falsos. En realidad lo único que debaten sus voceros es si se reúnen los requisitos jurídicos para que intervengan los tribunales internacionales. Veamos.
Gerardo Laveaga –quien aspiraba a ser defensor del pueblo y se ha convertido hoy en defensor del gobierno– afirma que “el primer requisito de procedibilidad, como decimos los abogados, es que se haya agotado la instancia entre tribunales nacionales, lo cual no ha ocurrido”. Un abogado internacionalista, a diferencia de Laveaga, sabría que esto es falso. El principio de complementariedad enunciado en el artículo 1 del Estatuto de Roma implica que la CPI intervendrá en los casos en que un país no esté dispuesto a llevar a cabo procesos penales imparciales o no pueda realmente hacerlo. No siempre deben agotarse las instancias nacionales.
Precisamente hemos argumentado ante el fiscal de la CPI que en México no se han tipificado los crímenes de guerra y de lesa humanidad, así como el hecho de que en 24 entidades federativas tampoco es un delito la desaparición forzada, por lo que los tribunales mexicanos no podrán juzgar esos crímenes. Laveaga responde que esto no importa, dado que se pueden juzgar los delitos en México bajo otros tipos penales. No respondió cómo se juzgaría, por ejemplo, el reclutamiento de niños en calidad de sicarios por parte de los cárteles de la droga.
Pero adicionalmente afirma que los castigos pueden ser “mucho más grandes” en nuestro país en casos de homicidio, “privación ilegítima de la libertad” –un tipo penal inventado por él–, lesiones y tortura. Otra falsedad. Laveaga demuestra no tener un mínimo conocimiento de las penas que prevé el Estatuto de Roma. La CPI podría imponer cadena perpetua a los máximos responsables de la crisis humanitaria en México y tal sanción no se compara con la que corresponde a los delitos por él señalados. Particularmente la privación ilegal de la libertad –como se llama en México– no es un delito grave, por lo que incluso admite beneficios como la libertad provisional bajo caución. ¿Son superiores las penas en México?
También insiste en afirmar que la CPI solamente tiene competencia sobre tres tipos de delitos y que el de agresión no se ha definido. Otro grave error. Laveaga demuestra su falta de actualización jurídica. En 2010 la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma celebrada en Kampala definió ya el crimen de agresión. Muchos opinadores han citado a Laveaga como autoridad en la materia, cuando está demostrando que no conoce el derecho penal internacional.
Finalmente Laveaga plantea que en México se están haciendo todos los esfuerzos para respetar los derechos humanos porque el Congreso aprobó las acciones colectivas o porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación limitó el fuero militar. Es claro que no han comprendido que la CPI juzga a individuos y no a Estados. El fiscal analizará en su momento si los mandos del Ejército, la Marina, la Secretaría de Seguridad Pública e incluso los propios capos de la droga pudieron girar órdenes que evitaran la comisión de actos perseguibles bajo el Estatuto de Roma y si reprimieron o sancionaron a sus subordinados cuando los cometieron.
Una aclaración. Aquí critico los argumentos y no descalifico –a diferencia de Laveaga– a la persona ni sus motivaciones. Si los mejores argumentos que tiene la defensa de Calderón consisten en que el Congreso y la Suprema Corte cumplen con su trabajo o que quienes acudimos a la CPI estamos manipulados por fantasmagóricos villanos, desde ahora se puede decir que están derrotados.
Si participara en la defensa del gobierno panista, le recomendaría poner en vigor de inmediato protocolos de actuación en tareas de seguridad pública y ordenar al Ejército dejar de trasladar a los detenidos a cuarteles militares (donde se cometen actos de tortura). Le aconsejaría implementar el registro inmediato de detenciones e instruir a la PGR que aplique realmente el Protocolo de Estambul. Pero fundamentalmente le recomendaría ordenarle a la PGR iniciar averiguaciones previas contra los soldados que agreden a la población civil e integrarlas en forma diligente y profesional, es decir poner fin a su política de impunidad. Eso sí sería tomado en cuenta por la CPI.
Emplazo a Laveaga a que informe a la opinión pública qué tipo penal resulta exactamente aplicable al reclutamiento de menores de 15 años en México. Si no es capaz de responder, con seriedad le pido a Calderón que cambie de defensa y de estrategia. El tipo de descalificaciones, de agresiones y amenazas empleado en sus comunicados y por sus voceros contribuye a que nuestra sociedad vuelva a caer en el encono y en la intolerancia.
Tal vez sea mucho pedir a un hombre que hizo del odio y del miedo su principal campaña. Pero si queda algo de político en él, debería reconocer que nuestra nación está viviendo una profunda crisis social y que solamente está contribuyendo a exacerbarla. Muchos juristas destacados e incluso sus propios compañeros de partido intentan hacerle ver el error que comete cuando pretende perseguir y acallar a quienes buscamos encontrar justicia por vías jurídicas e institucionales. ¿Escuchará? l
@Netzai_Sandoval
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