Alianza Social de Trabajadores de la Industria Mexicana

jueves, 22 de noviembre de 2012

El bodrio de Peña Nieto- Boletas 2006: obligación, no concesión

El bodrio de Peña Nieto


El presidente electo, Enrique Peña Nieto. Foto: AP
El presidente electo, Enrique Peña Nieto.
Foto: AP
MÉXICO, D.F. (Proceso).- La propuesta de Enrique Peña Nieto para supuestamente combatir la corrupción es un bodrio que de manera cínica y malintencionada ignora la vasta experiencia acumulada en México y América Latina en la materia. Mezcla elementos incompatibles de distintos modelos internacionales con la única intención de tender una cortina de humo para encubrir la andanada de fechorías que su gobierno iniciará a partir del 1 de diciembre. Los ingenuos intelectuales y figuras de la sociedad civil que decidan acompañar esta nueva aventura institucional pondrán en grave riesgo su prestigio y credibilidad.
De acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española (RAE), el término “bodrio” significa “una cosa mal hecha, desordenada o de mal gusto” o, con mayor precisión, “un caldo con algunas sobras de sopa, mendrugos, verduras y legumbres que de ordinario se daba a los pobres en las porterías de algunos conventos”. La propuesta de Peña Nieto cumple a cabalidad con esta definición.
La parte medular de la iniciativa no se encuentra en el proyecto de reformas constitucionales enviado al Senado de la República para crear una Comisión Nacional Anticorrupción (CNA), sino en la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) remitida a la Cámara de Diputados. Dicha iniciativa, hoy a cargo de Manlio Fabio Beltrones, propone la total desarticulación de los actuales sistemas de control interno y de profesionalización de la administración pública federal por medio de la desaparición de la Secretaría de la Función Pública (SFP).
A partir de la reforma, los contralores internos de cada secretaría de Estado ya no dependerán de la institución supuestamente independiente y profesional que tendría que haber sido la SFP, sino que serán nombrados directamente por los titulares de la secretarías correspondientes. En consecuencia, cada una de éstas se convertirá en feudo exclusivo de su titular, sin posibilidad de control o intervención alguna desde la SFP o, por medio de ésta, desde la propia Presidencia de la República.
Con ello desaparecerá la posibilidad de articular acciones a nivel federal para combatir la corrupción o mejorar la administración pública. Cada secretaría se convertirá en un principado de territorio exclusivo de su titular. Nos despediremos así de una vez por todas del lastimado servicio civil de carrera tan cacareado por Vicente Fox como uno de los supuestos “grandes logros de la transición democrática”.
Si bien la reforma señala que la Secretaría de Hacienda asumiría algunas de las facultades normativas con las que hoy cuenta la SFP, una comparación sistemática del viejo artículo 37 de la LOAPF con la propuesta del nuevo artículo 44 de la misma normatividad demuestra que el PRI busca aumentar en lugar de reducir la discrecionalidad y las oportunidades para la corrupción dentro del gobierno federal.
Es cierto que la SFP ha fracasado olímpicamente en cumplir con sus responsabilidades legales desde su creación hace una década. Pero ello no justifica tirar al niño con el agua sucia.
Como complemento del descontrol “interno” que genera la reforma en manos de Beltrones, Peña Nieto también propone debilitar el sistema de control “externo” con su propuesta de creación de la CNA, hoy en manos de otro representante de la honestidad republicana, el senador Emilio Gamboa.
México ya cuenta con una poderosa arma de control externo en la Auditoría Superior de la Federación (ASF). Si bien el desempeño de esta institución no ha sido carente de críticas, en general ha destacado como una de las más efectivas al nivel federal. Con un presupuesto mucho menor que la SFP, la ASF ha hecho un trabajo formidable al señalar los enormes huecos existentes en materia de rendición de cuentas, así como al resarcir parcialmente los enormes desfalcos al erario cometidos cada año.
El antiguo auditor superior, Arturo González de Aragón, siempre insistió en que una de las reformas para el combate de la corrupción más estratégicas consistía en dotar a la ASF de plenas facultades para fincar sanciones administrativas directamente a los entes auditados. Asimismo, durante los debates parlamentarios a raíz de la creación de la ASF en 1999 surgieron muchas voces, como la del entonces diputado Pablo Sandoval Ramírez, que proponían que la ASF incluso pudiera tener facultades de ejercer directamente la acción penal.
Pero a los políticos “dinosaurios” como Peña Nieto les incomoda la ASF porque su diseño institucional complica el control político. La ASF depende formalmente de la Cámara de Diputados, una entidad sumamente plural y dinámica, y además cuenta con una total independencia técnica y de gestión que le permite investigar los rincones más recónditos de la administración pública federal y estatal. Desde el punto de vista del priismo tradicional que hoy regresa, dotar a esta institución de aún más facultades sería como tirarse un balazo en el pie.
Peña Nieto, entonces, prefiere crear de la nada un organismo burocrático que opaque, controle e interfiera con las auditorías de la ASF. De acuerdo con su propuesta, solamente la CNA podrá fincar sanciones administrativas, y sus cinco flamantes comisionados serían nombrados directamente por el presidente de la República. La propuesta pasa totalmente por alto las innovadoras experiencias con el diseño de organismos autónomos y ciudadanizados en países hermanos como Ecuador, Chile, Colombia, Brasil y Venezuela.
El colofón es que Peña Nieto quiere que tanto la Comisión Nacional Anticorrupción como la ASF se sujeten al mandato de un nuevo “Consejo Nacional por la Ética Pública”, encabezado ni más ni menos que por el mismísimo presidente de la República. También participarían en este Consejo, entre otros, los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados; los secretarios de Gobernación, Hacienda y Educación Pública; el procurador general de la República; los 31 gobernadores y el jefe de Gobierno del Distrito Federal, así como un par de “ciudadanos” de utilería. En otras palabras, en el próximo gobierno las figuras más corruptas de la clase política nacional nos vendrán a dar clases de ética y honestidad. l
www.johnackerman.blogspot.com
Twitter: @JohnMAckerman
 

Boletas 2006: obligación, no concesión

Boletas electorales 2006. Foto: Demián Chávez
Boletas electorales 2006.
Foto: Demián Chávez
MÉXICO, D.F. (Proceso).- Las boletas de la elección presidencial de 2006 se conservan por ahora. Su destrucción debe esperar gracias a la iniciativa del director de Proceso, Rafael Rodríguez Castañeda, y a la oportuna intervención del Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.
Sin embargo, con motivo del debate llevado a cabo dentro del Consejo General del Instituto Federal Electoral, se han manifestado posturas que mencionan que las medidas provisionales dictadas por dicha instancia internacional no son obligatorias y que en todo caso es la buena voluntad de la autoridad electoral la que por el momento detiene la destrucción de ese material.
Incluso se empieza a delinear una estrategia de defensa por parte de las autoridades del Estado mexicano en el sentido de que haber recurrido al Comité de Derechos Humanos constituye un abuso del derecho de defensa ante instancias internacionales; que atender sus medidas provisionales en realidad cuestiona la autoridad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual conoció previamente del caso y que en su oportunidad declaró inadmisible la petición de Rafael Rodríguez Castañeda, y que darle efectos de segunda instancia ante ese Comité trastoca el sistema internacional de protección de los derechos, porque ello inaugura una especie de jerarquía entre ambos órganos garantes, dado que en opinión de las autoridades mexicanas la Comisión Interamericana ya se ha posicionado sobre el fondo del caso de Proceso al declararlo inadmisible.
Posiciones como las destacadas ilustran lo lejos que estamos de que nuestras autoridades se tomen en serio la reforma constitucional de derechos humanos. Ni siquiera se tendría que exigir un entendimiento cabal de los sistemas internacionales de protección en este ámbito, pues sería suficiente con que acataran el nuevo paradigma en la materia derivado de esa reforma. Ello por múltiples razones: primera, el Estado mexicano ha ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como su Protocolo Facultativo, a partir de lo cual dichos instrumentos forman parte del ordenamiento jurídico, en términos del artículo 133 constitucional; segunda, al tratarse de instrumentos que contienen normas sobre derechos humanos, sus disposiciones han adquirido fuerza normativa constitucional, a la luz del artículo primero constitucional; tercera, México se ha comprometido internacionalmente a adoptar las medidas que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en dicho Pacto, según se establece en su artículo 2.2; cuarta, nuestro país ha reconocido la competencia del citado Comité de Derechos Humanos para recibir y considerar comunicaciones de personas bajo su jurisdicción que aleguen ser víctimas de violaciones de sus derechos, tal como se lee en el artículo 1 del referido Protocolo; quinta, lo anterior constituye un mecanismo de garantía de los derechos humanos, acorde al artículo primero constitucional; sexta, las resoluciones emitidas en el marco de ese mecanismo de garantía deben ser plenamente acatadas, como se deriva del artículo 17 constitucional; séptima, ello en tanto que su cabal observancia conlleva a su vez el cumplimiento de las obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos, incorporadas en el párrafo tercero del artículo primero constitucional; octava, en específico la atención de las medidas provisionales dictadas por aquel Comité, con base en el artículo 92 de su Reglamento, se fundamenta en el deber de prevenir violaciones de derechos humanos, estatuido en el propio párrafo tercero del artículo primero constitucional; novena, de no acatarse esas medidas, el Estado mexicano no estaría interpretando de buena fe sus compromisos internacionales, de modo que tengan un efecto útil acorde a su objeto y fin, en términos de los artículos 26 y 31 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, y décima, lo anterior debe sostenerse para favorecer la mayor protección de las personas y sus derechos humanos, de cara al párrafo segundo del artículo primero constitucional.
Y si alguna duda quedara, las autoridades no tendrían más que revisar la observación general número 33 emitida por el propio Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en la que claramente se establece que los Estados parte del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos no deben poner impedimentos para que las personas tengan acceso a esa instancia, a la vez que debe impedir que se tomen represalias contra quienes hayan presentado una comunicación en esa sede. Sobre todo, no deben descalificar el trabajo de ese Comité, que aunque no se desempeña como un órgano judicial, sí presenta algunas de sus principales características, pues emite sus decisiones con espíritu judicial, atendiendo a la imparcialidad e independencia de sus integrantes, quienes interpretan el aludido Pacto y emiten sus resoluciones con un carácter determinante, puesto que representan un pronunciamiento autorizado de un órgano establecido en virtud de ese tratado y al que se encomienda su interpretación.
Así, el respeto a sus fallos dimana también de la obligación de los Estados parte de actuar de buena fe en el cumplimiento de sus obligaciones convencionales, todo lo cual se extiende a sus medidas provisionales, ya que si un Estado parte no las adopta, quebranta a su vez la obligación de respetar de buena fe el procedimiento establecido en tal Protocolo.
Solamente la ignorancia de estas elementales derivaciones de la reforma constitucional de derechos humanos y los desarrollos dados en sede internacional a los compromisos de México pueden explicar las posturas que se escucharon en el debate de esta semana.
Otra cosa no se puede suponer, porque si en el fondo lo que las autoridades estatales pretenden es acatar a cabalidad las decisiones de instancias internacionales que les sean favorables, pero cuestionar e incluso pensar en desconocer las que les son adversas, criticando a las personas que ocurren ante estas instancias, quienes nos dedicamos a la defensa de los derechos humanos no podemos más que alzar la voz, con la esperanza de que sea escuchada y secundada, para bien de todas las personas y de nuestro país. l
* Especialista en litigio de interés público en defensa de derechos humanos.

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