Alianza Social de Trabajadores de la Industria Mexicana

sábado, 23 de febrero de 2013

Los de abajo- Derechos humanos y amparo- Educación media superior y equidad

Los de abajo
Policías comunitarios
Gloria Muñoz Ramírez
Este fin de semana será de definiciones importantes para la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria de Guerrero (CRAC-PC), pues los pueblos celebran su asamblea regional, máximo órgano de decisión de la organización que no sólo cuenta con aparato de vigilancia contra la delincuencia, sino con un sistema de impartición de justicia basado en tradiciones y decisiones de las comunidades que la integran.
 
En un contexto en el que distintos pueblos y organizaciones del país han optado por la autodefensa ante las complicidades, la corrupción y la ineficiencia de las instituciones, se presenta la asamblea regional de la experiencia autónoma más notable del país en este ramo, con excepción, por supuesto, de la organización de las comunidades zapatistas de Chiapas, donde la dimensión es otra.

Desde hace más de 17 años la CRAC ha crecido considerablemente en la Montaña y Costa Chica de Guerrero. Hoy son 107 comunidades las que pertenecen a un sistema que, conforme a su reglamento (artículo 40) establece sus relaciones con las demás instancias del poder público bajo los principios de respeto mutuo, coordinación en el trabajo y tolerancia. Pero, sin ser parte del Estado ni subordinados al mismo.

Hoy, sin duda, rondará en la asamblea la intención gubernamental (mediante iniciativa de decreto) de institucionalizar un sistema que tiene como raíz y fundamento la autonomía y la decisión de los pueblos. Los policías comunitarios no pueden ser auxiliares de la policía ministerial, por la simple razón de que su origen se debe a la ineficiencia y complicidades de los ministerios públicos. Su incorporación sería, en sí misma, una contradicción. No se trata de capturar delincuentes y entregarlos, sino de organizar la justicia con un sistema basado en la reducación.
 
En la asamblea de este sábado se elegirá a los nuevos coordinadores, es decir, a los representantes de las cuatro sedes de la CRAC: Espino Blanco, El Paraíso, Zitlaltepec y San Luis Acatlán. Será, entonces, la elección de 16 coordinadores, pues la CRAC está integrada por cuatro representantes de cada una de las Casas de Justicia. Una elección clave para el futuro de la organización.
 
La CRAC-PC cuenta con más de 2 mil policías comunitarios, los cuales han sido elegidos por asambleas. Actualmente, entre 12 y 20 policías por cada una de las 107 comunidades que la integran. Ninguno se cubre el rostro, todos portan uniforme reglamentario y rinden cuentas, entre otras características que hacen la diferencia.




Derechos humanos y amparo
Miguel Concha
El proceso legislativo de las semanas pasadas en torno a la aprobación de una nueva ley de amparo ha sido esperado durante más de año y medio, luego de haberse reformado, entre otros, los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entonces se abrió por fin la posibilidad de renovar el anticuado juicio de garantías, de forma tal que recupere su esencia, que es proteger los derechos humanos de las ciudadanas y los ciudadanos. Desde su origen, en la Constitución del estado de Yucatán de 1841 y en las nacionales de 1857 y 1917, el juicio de amparo, como institución jurídica y política, se concibió precisamente para proteger, incluso por encima de otros ordenamientos jurídicos, los derechos de las personas frente a los actos de autoridad abusivos que los lesionara. El juicio de amparo es una herramienta cuya finalidad entonces es proteger las garantías y derechos humanos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales aprobados por México.
 
Sin embargo, aunque ha tenido como finalidad lograr un equilibrio social frente a las agresiones del poder público, con el tiempo su uso ha sido corrompido, a tal grado de hacerlo bastante complejo, inasequible y rigurosamente tecnocrático. El juicio de amparo es hoy en día una de las principales figuras legales obsesionadas en anteponer el individualismo y los intereses económicos de los poderosos por encima de los derechos de las personas, circunstancia que ocasiona que los reclamos sociales le sean ajenos. Por ejemplo, los derechos a la salud, al medio ambiente sano, a la educación, a la vivienda y al trabajo de las personas, así como los de las colectividades que no afectan directamente a nadie en específico, sino a todas las que las integran. Por ello su ineficacia protectora ha originado también una importante desigualdad ante la ley, debido a que las normas declaradas inconstitucionales en el juicio de amparo se siguen aplicando sólo a quienes no lo promovieron. El enorme rezago acumulado en tribunales hace aparecer que el juicio de amparo se considere elitista y caro, debido a que su tramitación ha estado subordinada a los conocimientos de especialistas, conocimientos que no son económicamente accesibles a las personas que están en situación de alta discriminación social.
 
Otro de los inconvenientes de la actual figura es que los jueces federales abusan del amparo para efectos en muchas de sus resoluciones, debido a que, aunque es cierto que anulan el acto arbitrario que emitió previamente una autoridad, también lo es que aquella autoridad queda libre después para pronunciar una nueva sentencia en el mismo sentido. En este caso el amparo no resuelve el problema de fondo ni profundiza en el origen de la violación. No la atiende, no la repara, sólo hace que el primer procedimiento se reponga en concordancia con la Constitución, aunque no siempre teniendo en cuenta el principio pro persona, al que corresponde la aplicación judicial o administrativa de la norma más protectora. La ansiada nueva ley de amparo, aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 12 de febrero, se aguarda por ello como instrumento más eficaz y accesible para todas las personas. No obstante, entre sus debilidades destaca todavía que no precisa la regulación de la suspensión del acto reclamado, en los casos específicos de los derechos de las comunidades indígenas y rurales, afectadas por supuestos megaproyectos de desarrollo, a cargo de empresas trasnacionales y el gran capital. En el ámbito empresarial, empero, la suspensión sí permitiría al concesionario de un bien nacional seguir disfrutándolo en tanto no exista sentencia que ponga fin a su derecho y obstaculizaría en cambio la función rectora constitucional del Estado en la economía y la salvaguardia de bienes públicos. Si bien se ha reconocido en el texto legal que bajo el juicio de garantías se exijan derechos colectivos e incluso la posibilidad de que las colectividades defiendan derechos e intereses difusos, también lo es que no ha sido delimitada en la ley su substanciación, hecho que no debe dejarse al arbitrio del raciocinio judicial, sino a la adecuada y conforme interpretación con los derechos humanos. Otra falta de claridad en el proyecto es la relativa a la carga de la prueba, la cual se aprecia que puede depositarse en el quejoso, lo que supondría que los alcances y efectos de la afectación, la reparación del daño y la reclamación de la responsabilidad civil son sólo para la víctima. Además, tiene que asegurarse de que la nueva ley de amparo esté bien armonizada con la Constitución y los instrumentos internacionales aprobados por México que protegen derechos humanos, incluido el principio pro persona. Es necesario igualmente garantizar que esté acorde con el sistema penal acusatorio, reconociendo en todo momento la presunción de inocencia de cualquier indiciado. La nueva ley de amparo deberá repercutir en una mejor garantía de los derechos individuales, pero extenderse también al reconocimiento y protección de los derechos de las colectividades. Lo deseable sería que se respetara y no se afectaran el espíritu y la esencia de uno de los juicios más relevantes, históricos y trascendentes de México, que permiten al quejoso solicitar el amparo y la protección de la justicia federal. Así como a ésta decidir, mediante la suspensión, de manera responsable y razonada, el fondo de lo que se trata.
Calma y nos amanecemos-Helguera
Educación media superior y equidad
Enrique Calderón Alzati
No obstante que la Constitución de 1917 –que se supone es la ley suprema que marca los objetivos y lineamientos para el desarrollo nacional– indica con claridad y de diversas maneras la importancia de la equidad para todos los miembros de la sociedad y de las acciones y políticas para el gobierno, y aunque a ella se refieren siempre los discursos oficiales, la realidad es otra. Existen varios cientos de municipios que se han venido separando de los demás por pobreza extrema, su alto grado de marginación y la falta de oportunidades de desarrollo para sus jóvenes y su población en general.
 
En su mayor parte están ubicados en unas pocas (si bien extensas) regiones del país, en la Sierra Madre Occidental, pertenecientes a Chihuahua, Durango, Nayarit, Guerrero y Oaxaca; las montañas y las zonas selváticas de Chiapas, en la Sierra Madre Oriental, incluyendo municipios de Veracruz, Hidalgo, San Luis Potosí, Tamaulipas; también en la franja de territorios desérticos que forman un amplio sector del norte del país que cubre partes de Nuevo León, San Luis Potosí, Zacatecas, Coahuila, Durango y Chihuahua.

Todas estas regiones están habitadas por los núcleos indígenas de las diferentes etnias que existen en nuestro país, quienes parecieran haber sido confinados a vivir en ellas, en virtud de actos de los sucesivos gobiernos y políticas de inequidad, aplicadas sistemáticamente por ellos a lo largo de los dos siglos de vida independiente, con excepción de dos periodos efímeros, durante los gobiernos de Benito Juárez y Lázaro Cárdenas.

Los recientes cambios constitucionales que hacen obligatoria la educación media superior constituyen un nuevo desafío para la nación entera y de manera particular para el nuevo gobierno de la República, que debe responder a este desafío, proporcionando los servicios de este nivel educativo a más de cuatro millones de jóvenes de todo el país, que carecen de esa posibilidad.

El problema no está circunscrito a estas regiones, porque incluso en los municipios más desarrollados el nivel de cobertura de los servicios de educación media superior sólo alcanza a 71.4 por ciento de los jóvenes en edad de estudiar bachillerato; sin embargo, en los municipios de alta marginación a los que nos hemos referido, la cobertura es de 35.9 por ciento.

El problema es más grave de lo que parece, porque los estudiantes que integran ese 36 por ciento obtuvieron en la prueba Enlace de 2012, en matemáticas, una puntuación media de 427 puntos, 124 menos que los alumnos de las zonas urbanas, con una diferencia aun mayor para el caso de comprensión lectora, de manera que al problema de baja cobertura debemos añadir el de bajo desempeño de los estudiantes de estas regiones, lo cual quiere decir en pocas palabras que esta población –la más débil, empobrecida y marginada– habrá de seguir en estas mismas condiciones de retraso y marginación indefinidamente si no se hace algo efectivo al respecto.

El problema es sumamente complejo. Para resolverlo se requieren dos tipos de políticas públicas educativas que se concreten en acciones: las primeras, relacionadas con los estudiantes indígenas, para lo cual es necesario fortalecer seriamente los programas de educación básica que atienden a esta población, pues es muy probable que estos niños, en su mayoría, no logren tampoco terminar la secundaria, con lo que ni siquiera existe la posibilidad de ofrecerles bachillerato y además tomar una decisión seria y responsable sobre el lenguaje o los lenguajes propios que deben ser utilizados en las escuelas de bachillerato ubicadas en las regiones indígenas, para que los programas puedan responder a las necesidades reales de los estudiantes, siempre tomando en cuenta que existen muy pocos profesores preparados para atenderlos en sus propias lenguas maternas.
 
El segundo tipo de acciones está relacionado con la ampliación de la cobertura de las escuelas de bachillerato para atender a las poblaciones dispersas. Nos atrevemos a recomendar de manera enfática la instrumentación de un sistema nacional de telebachillerato, por las experiencias positivas que existen en algunos estados que han utilizado esta opción, como Guanajuato y sobre todo Veracruz.
 
En este último estado, por la enorme dispersión de su territorio, el telebachillerato es el subsistema de educación media superior con la mayor matrícula de la entidad; más de 90 mil estudiantes, para muchos de los cuales habría sido imposible llegar a sus comunidades con una oferta educativa real. El problema radica, desde luego, en los escasos recursos que el estado dedica a este importante subsistema, seguramente como en los demás que han instrumentado esta misma solución.
 
Si bien el nombre de este subsistema evoca el de las telesecundarias, se trata de una solución con diferencias muy significativas. Una de ellas, y muy importante, es el hecho de que los profesores sean profesionistas generalmente egresados de alguna universidad, seleccionados mediante un examen de ingreso sujeto a normas bien establecidas. Si bien pueden tener pocos conocimientos en algunas áreas, su formación profesional subsecuente al bachillerato les da un nivel de disciplina y responsabilidad a la altura de lo que la sociedad espera de ellos, así como una preparación general que los maestros de las telesecundarias distan de tener.
 
A ello se le ha sumado, en los casos que conozco, la existencia de excelentes materiales de estudio, elaborados con una visión más moderna desde el punto de vista didáctico, que los materiales utilizados por el sistema de telesecundarias.
 
Por otra parte, el hecho de que las escuelas estén ubicadas en las comunidades mismas donde viven los estudiantes o a una distancia razonable de sus hogares, constituye una ventaja respecto a las escuelas de los demás subsistemas de educación media superior, que tienen otras ventajas, pero que requieren de caminatas o procesos de transportación de más de una hora para llegar; adicionalmente, los planteles de telebachillerato frecuentemente terminan por convertirse en el centro de encuentro social para los jóvenes que allí se reúnen para tomar clases. La creciente cobertura de las redes de Internet está abriendo nuevas facilidades para elevar la calidad de los servicios que ofrecen los planteles.
 
Por todo esto es posible afirmar que en el país existen la capacidad y la experiencia para asegurar el desarrollo educativo de los jóvenes, a niveles semejantes a los de naciones más desarrolladas que la nuestra, así como para brindar los servicios educativos de este nivel, en condiciones de equidad para todos los estratos sociales, aun en las regiones más atrasadas y marginadas del país. Esperamos y deseamos que el nuevo gobierno, a diferencia de los que le han precedido, tenga la voluntad para cumplir con los compromisos que él mismo ha establecido, en este tema vital para el futuro desarrollo nacional.Sexenio de Calderón-Ahumada
Desaparecidos: esclarecimiento y justicia
El secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, dijo el jueves pasado que la administración de la que forma parte investigará las miles de desapariciones ocurridas el sexenio pasado, las que tuvieron lugar antes de 2006, así como las que pudieran ocurrir a partir del primero de diciembre del año pasado, fecha de inicio del gobierno que encabeza Enrique Peña Nieto, y anunció la conformación de una base de datos con cerca de 27 mil registros de desaparecidos. Por su parte, el procurador federal, Jesús Murillo Karam, afirmó que la dependencia a su cargo no puede comprometerse a encontrar a los individuos faltantes y se limitó a prometer que hará todo lo que está en nuestras manos para paliar un poco el dolor de estas pobres personas, en referencia a los ausentes y a sus familiares.
 
 
Por su parte, el representante en México de Amnistía Internacional (AI), Daniel Zapico, saludó como paso positivo la divulgación de la base de datos de desapariciones, acusó a la administración anterior y a los gobiernos estatales haber tolerado e ignorado la práctica de la desaparición forzada de personas y criminalizado a los familiares, además, puntualizó que en una porción de los casos hubo parti­cipación de funcionarios públicos.
 
Aunque así no fuera, el Estado mexi­cano tiene responsabilidad en todas y cada una de las desapariciones, por cuanto éstas ocurrieron en el contexto de una dislocación de la seguridad pública, cuya preservación es una obligación estatal irrenunciable, como lo es garantizar el derecho de la ciudadanía en general a la vida y a la libertad. Y si bien ahora el país tiene un gobierno distinto al que ejerció el mando hasta el 30 de noviembre de 2012, hay una continuidad institucional que obliga al Estado a asumir responsabilidades de sexenios anteriores.

 
 
En este sentido, resulta necesario que las autoridades actuales, además de reconfortar a los familiares de los ausentes, realicen los esfuerzos necesarios para esclarecer las circunstancias de las decenas de miles de desapariciones y de ubicar el paradero de las víctimas de este delito.
 
 
Pero es necesario ir más allá. Se requiere un ejercicio de procuración de justicia para impedir que las desapariciones ocurri­das en el contexto de la guerra contra la delincuencia desatada por Felipe Calderón se salden con la impunidad. Ciertamente, será imposible esclarecer la totalidad de los casos e identificar y presentar a todos los responsables, pero entre esos escenarios ideales y la exasperante falta de justicia que impera hoy día hay un gran margen para lo posible.
 
Sin duda, los casos en los que el esclarecimiento y la procuración de justicia resultan más practicables –y con mayor razón, exigibles– son aquellos en los que hubo servidores públicos involucrados en las desapariciones de personas, lo que las convierte en desapariciones forzadas, las cuales pueden constituir, a su vez, un delito de lesa humanidad.
 
En suma, el compromiso del actual gobierno ante las desapariciones perpetradas en el país no debe limitarse a la enumeración y sistematización de los casos; para que resulte creíble debe llegar también al esclarecimiento y a la justicia.

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