Eludió Nava obligaciones como abogado de Pemex, según documento de la paraestatal
El sindicato fue demandado por incumplimiento en venta de residuos de hidrocarburos
Enrique Méndez
Periódico La Jornada
Miércoles 20 de abril de 2011, p. 15
Miércoles 20 de abril de 2011, p. 15
Petróleos Mexicanos (Pemex) entregó a la Cámara de Diputados la copia del contrato que César Nava Vázquez, su ex abogado general y actual diputado del PAN, firmó por 100 mil dólares con el despacho Wynne & Maney LLP para que interviniera, en caso de que se afectaran los intereses de la paraestatal, en el conflicto derivado de un incumplimiento en la venta de residuos de hidrocarburos por el Sindicato Nacional de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) a la compañía Arriba Limited.
Desde la época de la dirigencia de Joaquín Hernández Galicia, La Quina, el gremio petrolero recibe de Pemex los residuos obtenidos del proceso de refinación, que son comercializados para obtener recursos que no son reportados a la Cámara ni a ninguna instancia gubernamental.El conflicto empezó cuando el SNTPRM, dirigido por el ex diputado del PRI Carlos Romero Deschamps, se negó a entregar la cantidad pactada con Arriba Limited, debido a que encontró mejores precios para los productos en Europa, por lo que la compañía interpuso una demanda en Estados Unidos, donde se condenó al gremio a pagar una indemnización de 218 millones de dólares y 10 por ciento de intereses en tanto no realizara el pago.
Incluso, la compañía defraudada por el sindicato trató de embargar 43 millones de dólares depositados en una cuenta en la casa de inversiones Donaldson Lufkin &Jenrette, con sede en Nueva York, comprada en 2000 por The Credit Suisse Group.
El contrato forma parte ya del acervo de la comisión especial de de diputados que investiga la presunta corrupción en Pemex, y que solicitó copias de ése y otros acuerdos económicos, con el argumento de que César Nava habría incumplido sus obligaciones como abogado de la paraestatal y debió representar directamente a la petrolera, sin contratar un despacho.
El contrato, con vigencia del 2 de enero al 31 de diciembre de 2003, fue suscrito por los gerentes de recursos materiales y servicios generales y jurídico consultivo de Pemex, Carlos H. Kaim Chalita y Alfonso Iturbide Guerra, respectivamente, con la
sanción jurídicade César Nava, y por el despacho Mark Maney, apoderado general.
Se trata del contrato SC50-743/2002, adjudicado de manera directa y por el cual el despacho realizaría la
supervisión y seguimiento del juicio civil que se ventila en los tribunales de Estados Unidos entre la empresa Arriba Limited y el SNTPRM, en previsión de cualquier acción que pudiera afectar directa o indirectamente a Pemex.
En los términos del contrato, los abogados de la petrolera afirmaron que la empresa
requería la asistencia calificada de una firma de abogados internacionalmente reconocida con sede en la ciudad de Houston, Texas, donde se llevó a cabo el juicio contra el sindicato.
Sin embargo, en las declaraciones del acuerdo, se resalta que Wynne & Maney LLP se había constituido el 24 de octubre de 2002, esto es, poco más de cuatro meses antes de la firma del contrato, el 2 de enero de 2003, a partir del acuerdo del 10 de diciembre de 2002, asumido por el Comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la petrolera.
Los abogados tenían la obligación de entregar un reporte mensual a la oficina de Iturbide Guerra, quien dependía directamente de César Nava, respecto de las actividades realizadas en la representación jurídica de Pemex en el juicio.
El monto de los servicios se fijó con un mínimo de 50 mil dólares y un máximo de 100 mil, y los honorarios se pagarían sobre una base de horas/hombre más gastos de representación,
los cuales deberán ser razonables y estar debidamente justificados.
Una vez entregados a Iturbide Guerra la factura mensual y el reporte, Pemex se obligaba a pagarla en un término de 30 días, mediante depósitos en la off shore Integrated Trade Systems Inc., que la paraestatal constituyó en Delawere, Estados Unidos, pero cuyas cuentas están radicadas en las Islas Vírgenes Británicas, un paraíso fiscal.
La única intervención de la oficina de César Nava en el litigio sería la supervisión de los servicios de Wynne & Maney LLP, y a no realizar los pagos sin antes comprobar que los servicios se prestaran de conformidad a las cláusulas suscritas por ambas partes.
18 DE MARZO DEL 2005.
· Nada que Festejar en Aniversario Petrolero
· Sólo Corrupción, Negligencias y Omisiones
· Los Fraudes de Arriba Limited y Pemexgate
Este viernes se cumple el 67 aniversario de la expropiación de la industria petrolera y sin duda no hay nada que festejar. A los problemas de corrupción que tienen hundida a esa empresa del Estado, se suman las negligencias y omisiones del gobierno de Vicente Fox para combatir el desvío de recursos públicos, como reconoció hace unos días el excontralor panista Francisco Barrio sobre la investigación inconclusa del Pemexgate, en donde el poderoso líder petrolero Carlos Romero Deschamps ha podido librar cualquier acusación. A lo anterior hay que agrega la escasa inversión para exploración y producción, la falta de mantenimiento de las viejas instalaciones de refinación y ductos, la incapacidad para producir gas y el abandono de la petroquímica.
A ese panorama hay que sumar un viejo expediente que hace unos días se revivió y que por desgracia trae más problemas a Petróleos Mexicanos. Un tribunal resolvió homologar sentencias de jueces estadounidenses para que el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana pague 250 millones de dólares a la empresa estadounidense Arriba Limited, por el incumplimiento de un contrato firmado en octubre de 1984 supuestamente para la venta de residuos en refinerías.
Sin embargo, esta historia de corrupción y fraudes se inicia cuando Arriba Limited se constituye ex profeso en un paraíso fiscal de las Bahamas para firmar un contrato por más de 900 millones de dólares, lo cual involucraba la venta de hasta 6 millones de barriles de petróleo a un precio de 20 dólares. Un negocio completo.
El responsable de aquella irregularidad fue la Comisión de Contratos del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), cuando el secretario general era Sebastián Guzmán Cabrera, bajo la tutela de Joaquín Hernández Galicia, La Quina.
La entidad responsable de firmar el contrato que garantizaba a la misteriosa Arriba Limited la venta, entre el 1 de octubre de 1984 y el 31 de diciembre de 1985, del petróleo que se obtendría aparentemente de las labores de limpieza y depuración de excedentes y residuos a cargo del sindicato de petrolero, en la refinería de Minatitlán, estaba adscrita a la sección 10 de donde provenía Guzmán Cabrera.
En aquellos años la dirigencia de La Quina logró que el sindicato manejara, entre otros, los contratos exclusivos para retirar residuos tóxicos de las refinerías de la paraestatal. Sin embargo, el contrato con Arriba Limited nunca hizo referencia a “desperdicios”, sino a barriles de petróleo como aquellos que la paraestatal colocaba en los mercados internacionales. No sólo eso, mientras que entre 1984 y 1985 el precio del hidrocarburo vendido por Pemex a los mercados de exportación fluctuó entre 25.33 y 26.82 dólares, Arriba Limited pactó en 20 dólares la venta por unidad de, al menos, 100 mil barriles de petróleo semanales durante 15 meses. Un excelente negocio.
La historia negra de Arriba Limited
El problema se presentó, según el abultado expediente de demandas de Arriba Limited en contra del STPRM y de Pemex, en noviembre de 1984, cuando Ramiro Quiñones Fabela, agente autorizado por la Comisión de Contratos del Comité Ejecutivo del STPRM para este acuerdo, notificó al comprador que para iniciar la entrega del hidrocarburo en los términos pactados el sindicato pedía la entrega de un monto adicional a 1.3 millones de dólares acordados como pago inicial de la operación para ofrecer “sobornos” a directivos de Pemex y a dirigentes del propio sindicato.
Arriba Limited, cuyos accionistas visibles son el mexicano Andrés Sánchez Juárez y el estadounidense Billy Flanagan, asegura haberse opuesto a tal chantaje. Fue así como comenzó el enfrentamiento en tribunales entre el sindicato y Arriba Limited. La batalla se desarrolló en los juzgados del condado de Harris County en Texas.
Sin embargo, en junio de 1992 los abogados de Pemex demostraron que dicha empresa no tenía derecho de apelar a las leyes estadounidenses por tratarse de una sociedad constituida en un paraíso fiscal. Además, los representantes legales de la paraestatal refirieron cómo Arriba Limited había aceptado que la estructura de dicho contrato a un precio tan bajo se había preparado para evadir una negociación directa con Pemex.
Arriba Limited siguió con el juicio en contra del STPRM, que en abril de 1985 demandaba el pago de una indemnización por 266 millones de dólares, el cual se actualizaría con una tasa de 10 por ciento durante los días que durara el proceso; también pedía el pago de 4 millones de dólares por costas y gastos del juicio, así como la entrega de 5 millones de dólares por concepto de compensación por los daños a futuro derivados del incumplimiento del contrato.
Pero eso no es todo, también demandaba 50 millones de dólares más por “daños punitivos”, también con el cargo de un interés de 10 por ciento. De esta forma, según las cuentas alegres de Arriba Limited, entre el 4 de abril de 1989 y el 1 de diciembre de 2002, la deuda del STPRM ascendía a mil 115.9 millones de dólares, monto cuyos intereses representaron más de 69.1 millones de dólares.
En 1987, Arriba Limited con una sentencia a su favor por sólo 92 millones de dólares comenzó negociaciones con el sindicato y la Comisión de Contratos del Comité Ejecutivo para retirar la demanda y llegar a un acuerdo que consistía en la firma de otro contrato, pero con una nueva empresa, una sociedad anónima mexicana que sólo escondía, una vez más, los intereses del STPRM.
El arribo de Arriba Limited al Pemexgate
El 17 de octubre de 1987, 15 meses antes de que Carlos Salinas de Gortari ordenara la captura de Joaquín Hernández Galicia, José Cruz el Negro Contreras, uno de los hombres más cercanos a La Quina, firmaba con Billy Flanigan, presidente de Arriba Limited, una asociación en participación en la que representaba y presidía a la compañía Comater S. de R.L.
Para compensar a Arriba Limited, en esta ocasión el contrato iría mucho más lejos de la compra de “residuos”: de acuerdo con el contrato de la peculiar sociedad, Arriba Limited y Comater participarían en una asociación que tendría como objetivo “obtener, mover, transportar, refinar, mercadear y vender, sacando utilidad, sustancias petroleras, hacer contratos de excavación de pozos petroleros, construcción, transportación y cualquier otro acto mercantil posible de acuerdo con el objetivo social de las partes, actual o futuro, pero siempre con utilidades; además de la adquisición y mercado de residuos petroleros… generados por Pemex”. El jugoso contrato se estableció por 10 años, a partir del 15 de octubre de 1987 y hasta el 15 de noviembre de 1997, con la opción de renovarse por una década más.
Las utilidades netas de la asociación se dividirían en 50 por ciento para Arriba Limited y el otro 50 por ciento para Comater, la cual se comprometió a la entrega exclusiva a la nueva asociación de 30 por cietno de los residuos obtenidos por Comater, que se enviarían “siempre” a la totalidad de la capacidad de barcazas de 20 mil a 100 mil barriles netos por envío, cada mes, durante el plazo de este acuerdo. Cada barril tendría que ser de 42 galones estadounidenses. Además, el primer negocio que tendría Arriba Limited y Comater sería la perforación de tres pozos petroleros para Pemex, los cuales se realizarían durante la gestión del priista Francisco Rojas.
Sin embargo, en enero de 1989 el gobierno de Salinas ya contaba con el decreto presidencial que cancelaba al STPRM todo derecho contractual contenido en la cláusula 36 del contrato colectivo de los petroleros sobre el porcentaje de 2 por ciento sobre todas las obras nuevas, así como la venta de residuos, permitiendo la participación de la iniciativa privada nacional y extranjera vía licitaciones.
Por ello, los contratos con Arriba Limited nunca se cumplieron; Comater, presidida por José Cruz el Negro Contreras, rescindió la asociación con la sociedad de Bahamas y Billy Flanagan regresó a los tribunales.
En julio de 1998 ante las complicaciones para que el sindicato pudiera obtener todo lo prometido a Arriba Limited, Cruz Contreras envío a Victorino López Reyes, presidente de la Comisión de Contratos, una carta certificada ante Nerardo González Solís, notario público 115 en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, en la que le informa que, ante los problemas que enfrenta el cumplimiento del contrato SPP-045/84 entre Pemex y el sindicato, asumía “todas las responsabilidades que pudieran existir ante cualquier reclamación en contra de la comisión y de Pemex, y hacer frente con mis recursos y bienes al pago en el que pudiera traducirse la reclamación”.
Casi una década después de que se inició este episodio con Arriba Limited, una de tantas empresas que buscó beneficiarse con los contratos al sindicato petrolero, en el convenio 9442 del 11 de septiembre de 2000, el STPRM, bajo la dirigencia de Carlos Romero Deschamps, solicitó en medio de un caldeado ambiente electoral en el que el PRI perdería la Presidencia de la República que, con base en las revisiones contractuales de 1997 y 1999, Pemex entregará recursos para atender la demanda de Arriba Limited con un valor de mil 400 millones de dólares.
Así, a cargo de los trabajadores de Petróleos Mexicanos, la administración de Rogelio Montemayor Seguy entregó al sindicato, en principio, 600 millones de pesos para “atender” el juicio de un contrato que siempre se pactó en condiciones desventajosas para el país, y aquí la historia de Arriba Limited se mezcla con el Pemexgate, aquel desfalco multimillonario que planearon los priístas para financiar su campaña presidencial y por el cual nadie está preso.
En mayo de 2002, Arriba Limited solicitó incautar los fondos depositados por hasta 46 millones de dólares a nombre de Carlos Almada, en la correduría Donaldson, Lufkin & Jenrette Securites Corporation, los cuales habrían sido transferidos de cuentas de Banamex y de Banorte con número 559020699.
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