Alianza Social de Trabajadores de la Industria Mexicana

miércoles, 13 de febrero de 2013

Clase Política- ¿Son legítimas las policías comunitarias?- Dinero

Clase Política
Controversia
Miguel Ángel Rivera
No todos en los organismos públicos aplican de la misma manera el concepto de austeridad.
Lo anterior viene al caso porque el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) presentó ante la Suprema Corte de Justicia una controversia constitucional contra la Asamblea Legislativa; el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, y la Secretaría de Finanzas capitalina, por un recorte de más de 57 millones de pesos a su presupuesto para 2013.
En un comunicado, los magistrados del TEDF indicaron que, además de revisar el recorte a su presupuesto, la Suprema Corte determinará los alcances de su autonomía financiera y presupuestal como órgano autónomo constitucional.
La cosecha
Sí es posible lograr la paz, por lo que convoco a todos los mexicanos a trabajar juntos para recuperar la tranquilidad de las familias, dijo el presidente Enrique Peña en Aguascalientes, al instalar la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. El secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio, informó que se invertirán 118 mil 800 millones de pesos y que el elemento central de la nueva política de seguridad será la prevención…
El primer mandatario dijo que no es casual que el programa arrancara en Aguascalientes, pues en ese estado se han puesto en práctica, con éxito, acciones como los programas Línea verde y Convivencia feliz, impulsados por la presidenta municipal Lorena Martínez…
Con respaldo del PVEM, la bancada del PRI en el Senado, coordinada por Emilio Gamboa, presentó su iniciativa para regular las deudas de estados y municipios. Manuel Cavazos, José Yunes y Blanca Alcalá (PRI), así como el ecologista Luis Armando Melgar, aclararon que los beneficios de la reforma no alcanzarán a estados y municipios con problemas, como Coahuila y Nuevo León, o Acapulco, Benito Juárez y Puerto Peñasco...
La Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley de Amparo, la cual devolvió con algunos cambios al Senado. Los enterados sostienen que las modificaciones amplían la protección del amparo en materias como derechos sociales, ambientales y agrarios, pero no en el caso de las controversias de carácter electoral…
El gobernador de Guerrero confirmó que seis personas están arraigadas por la agresión a las turistas españolas, y reiteró que a dos de los detenidos los identificó una familia agredida en octubre de 2012...
En aquellas entidades donde han surgido guardias o policías de protección comunitaria debe exigirse al gobernador presentar mejores resultados y generar signos de gobernabilidad, pues la aparición de éstas puede llevar a la ingobernabilidad, afirmó el coordinador de los diputados del PRI, Manlio Fabio Beltrones, al rechazar críticas empresariales y destacar aspectos positivos de la nueva Ley de Azmparo, como la posibilidad de que el Estado mexicano pueda recuperar bienes propiedad de la nación.
¿Son legítimas las policías comunitarias?
Enrique Dussel *
Se discute si la guardia o policía comunitaria (como la de la CRAC en Guerrero) son legítimas. El presidente del CNDH, Raúl González Plascencia, ha declarado que son una señal de alarma. El ombudsman insiste en que una frágil línea divisoria distingue las policías comunitarias de los grupos paramilitares. En el editorial de La Jornada del 7 de febrero pasado se escribe que no por ello debe soslayarse que esa vulneración al orden constitucional ocurre con el telón de fondo de un estado de derecho violentado de antemano, ya que se infringiría el artículo 17, que enuncia que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma. Todo esto merece algunas precisiones semánticas, de principios.
 
En primer lugar, habrá que distinguir: a) la pretensión de derecho del ciudadano individual que toma en sus manos directamente el cumplimiento del ejercicio de la justicia. Esto no puede aceptarse, ya que el Estado tiene el monopolio del ejercicio de la coacción legítima (si es que es legítima). Pero muy distinto es b) cuando una comunidad originaria, parte del pueblo, desde un derecho consuetudinario (anterior al Estado de las Indias en la época colonial o el Estado mexicano desde el siglo XIX), asume el ejercicio del poder político, que ostenta como última instancia de ser el sujeto colectivo de la soberanía. El Estado ejerce delegadamente dicha soberanía por representación y fundado, ese ejercicio, en la soberanía popular (que es anterior a la constitución y al estado de derecho). Es decir, cuando una comunidad reúne al pueblo y toma una decisión colectiva según usos y costumbres, no es una persona cualquiera que se arroga un derecho que le niega el artículo 17. El ejercicio de la soberanía del pueblo reunido legítimamente según sus costumbres no es ninguna señal de alarma, sino, por el contrario, señal que debe escuchar el Estado, en el ejercicio del poder obediencial fundado en el pueblo, para atender con suma diligencia ese reclamo que se le impone como una obligación ineludible en favor de dicha comunidad que manifiesta una necesidad perentoria. Es, por tanto, ejercicio de un derecho pleno, anterior a la Constitución y al estado de derecho.

En segundo lugar, la diferencia entre a) la existencia de la policía comunitaria (como la de la CRAC) y b) los grupos paramilitares no tienen una muy frágil línea divisoria, como opina el ombudsman, sino una abismal diferencia (y creer que son simplemente dos actuaciones ilegales semejantes comienza a preocupar). Los paramilitares son organizados por el Estado, los gobiernos, las estructuras militares o grupos de poder que, no pudiendo reprimir legalmente al pueblo que defiende sus derechos, crea estas estructuras violentas para de manera ilegal cumplir sus corruptos fines. Los grupos paramilitares son parte del terrorismo de Estado inconfesable. La policía comunitaria es, en cambio, expresión de la soberanía popular legítima anterior al Estado (y al que éste debería respetar y respaldar, y no pretender comandar, infiltrar, corromper o instrumentar como se está orientando la estrategia estatal en Guerrero con comunidades que no tienen la experiencia de la CRAC).

En tercer lugar, podría pensarse que supuesto el estado de derecho es peligroso ponerlo en cuestión porque crea una situación de caos, anomia, o ingobernabilidad, opina el ombudsman. Habría que preguntarse si existe estado de derecho cuando el Poder Judicial está mostrando debilidad, contradicción y hasta corrupción en tantos miembros, y viendo que hasta en su más alta esfera no se admitió ningún argumento para demostrar un fraude electoral o haber superado los límites de gastos de un candidato en una campaña política, lesionando los intereses de las mayorías; cuando las policías locales, de los estados y federal, y hasta el Ejército, han sido infiltrados por el narco, como es público, quedando la población inerme ante la violencia de los cárteles; cuando las cárceles son escuela del crimen y no lugar de readaptación de los criminales, etcétera. En realidad si hay algo muy frágil es la línea divisoria entre la inexistencia del estado de derecho y su existencia. Por ello las comunidades más pobres y más golpeadas, de manera legítima (según usos y costumbres, y por la definición constitucional de que la soberanía reside en el pueblo), toman democráticamente la decisión de su autoprotección. Y lo han hecho desde 1995 en la CRAC, en armonía con toda la comunidad, habiendo extirpado el crimen y la droga en sus territorios, ejemplarmente. La intervención de la policía oficial, y aun del Ejército, se manifiesta frecuentemente como problemática, porque se ha mostrado como elemento de conflicto, de peligro para la comunidad y de posibilidad de que se entiendan con las fuerzas del crimen.
 
En cuarto lugar, se exige que sean entregados por la policía comunitaria los presuntos criminales al Poder Judicial estatal. En la CRAC, desde hace años, se había concedido que las comunidades ejercieran prudentemente la justicia según usos y costumbres, y lo han hecho de modo equilibrado, sabio, y sin mayores conflictos. No son linchamientos o juicios apresurados. Son juicios que van cumpliendo su jurisprudencia ancestral y reciente, y han funcionado. Ahora se exige que entreguen los posibles culpables de crímenes. ¿Tiene realmente el Poder Judicial procesos debidos precisamente definidos para estos casos? ¿No será que muy fácilmente los presuntos culpables serán liberados (como se acostumbra), por falta de pruebas, y las comunidades los vean volver a sus fechorías? Es posible que en esos casos el sistema comunitario de justicia muestre mayor coherencia, pues tiene un conocimiento mucho más completo de las motivaciones de los criminales, y así pueden mejor recabar las pruebas y juzgar apegados a sus costumbres. Grupos de estudiantes de derecho en Acapulco comienzan a estudiar estas cuestiones.
 
Por último, pareciera que la estrategia política en Guerrero es cooptar este movimiento democrático participativo de las comunidades y subordinarlo a las estructuras del estado local, in­corporando esas policías comunitarias a la policía oficial. Ésta desnaturalizaría la experiencia de los pueblos, porque la policía respondería a las órdenes de las estructuras estatales y no a las exigencias de las comunidades. Así, lo logrado se corrompería rápidamente por el deterioro de las instituciones policiales y de justicia en las que el pueblo más pobre sabe que no puede confiar.
 
Es necesario respetar la dignidad y el derecho de las comunidades originarias y campesinas a que ejerzan una autonomía de autoprotección y de impartición de justicia según usos y costumbres democráticas y participativas, que no sólo solucionarán el problema de la seguridad (que el Estado no puede hoy garantizar), sino igualmente serán escuela de democracia que puede ser ejemplar para toda la sociedad campesina y urbana en general. Lo contrario sería implantar un régimen autoritario, una represión generalizada de los movimientos sociales y comunidades originarias, que nos recordarían tiempos pasados que habíamos esperado que no volvieran.
* Filósofo.
Misión imposible-Helguera
Dinero
¿Amparos contra la ley de amparo?
Las fragilidades del pacto
Deudas en udis
Enrique Galván Ochoa
El Pacto por México dio un paso adelante en el camino de cumplir uno de sus compromisos: limitar el poder de los llamados ‘‘poderes fácticos’’. Los diputados del PRI, el Panal (así es, el partido de la profesora Gordillo, tan disminuida por el nuevo gobierno en estos días) y algunos del Verde votaron en favor de un agregado a la ley de amparo que les impedirá refugiarse en la figura de la suspensión cuando sus intereses resulten afectados por acciones del gobierno. Es sólo un paso. La legislación aprobada ayer en San Lázaro irá al Senado, donde todavía podrán hacerle cambios. Y aun en el caso de que los senadores votaran el texto tal cual, los ‘‘poderes fácticos’’ podrían recurrir al amparo. Los dirigentes de algunos organismos empresariales han venido insistiendo en que la limitación de la figura de la suspensión viola la Constitución, y aunque no lo han expresado claramente todavía, tal vez algunas compañías optarían por el amparo, creando una situación muy especial: amparos contra la ley de amparo. ¿Quiénes podrían ser los afectados? Las empresas de telecomunicaciones, como Telcel; las televisoras, con Televisa a la cabeza; las empresas mineras, como Grupo México; las compañías de alimentos, como Bimbo. Saben cómo defenderse, les sobran recursos.
 
Cada quien por su santo
 
No obstante que Gustavo Madero y Jesús Zambrano estamparon la firma en el Pacto por México armado por el priísmo, los diputados de Acción Nacional y el PRD no votaron junto a los tricolores, como hubiera podido esperarse, lo que muestra nuevamente las fragilidades del acuerdo. El ex presidente del Consejo Coordinador Empresarial Mario Sánchez Ruiz, panista, de plano se le salió del huacal a Madero y habló en defensa de los intereses que realmente representa, los empresariales, y no en favor del compromiso del pacto: ‘‘la decisión –dijo– representa un grave atentado contra el desarrollo económico nacional en materia de concesiones, en la explotación y tratamiento de aguas, recolección y disposición de basura, utilización de transportes en general, minas, gas, energía, telecomunicaciones, radio y televisión, etcétera, afectando el crecimiento económico, la competitividad del país, los empleos, la innovación tecnológica y el fortalecimiento de la democracia’’. Los diputados del Panal, por su lado, respondieron a los intereses de la profesora Elba Esther; ellos sí votaron al lado de los priístas. Le cobraron la factura a Televisa y al grupo Mexicanos Primero, de Claudio X.X. González, que han emprendido una dura campaña contra la lideresa magisterial. En resumen, el pacto no es con Dios. A la hora de la verdad, los legisladores jalan por su santo y le dan la espalda a los compromisos del pacto que firmaron los dirigentes de los partidos y cada quién da su voto a quien quiere.
 
Tasa de interés
 
El dólar se vendía ayer en el aeropuerto a 12.60 pesos. El flujo de capitales golondrinos está regresándole su fuerza al ‘‘superpeso’’. Sin embargo, preocupa que en un momento dado alcen el vuelo. Las autoridades hacendarias están pensando en un recorte de la tasa de interés tipo de 4.50 a 4.25%. Eventualmente desalentaría la entrada del capital viajero.
 
e@Vox Populi
Asunto: deuda eterna en udis
 
Hace ya más de 10 años que estoy pagando un departamento valorado en udis; la cuenta empezó con Crédito y Casa, después pasó a Coppel y ahora se encuentra en manos de una financiera de cuyo nombre no quiero acordarme, pues sus modos de cobrar me parecen gangsteriles; ya ni los estados de cuenta manda. El crédito me lo endilgaron a pagar en 30 años, y después supe que estaba prohibido que los créditos en udis se cobraran en tanto tiempo. No quiero creer lo que me aseguran personas que contrataron con ese sistema de udis: que a 10 años de estar pagando la deuda ha crecido. Si eso es así, ¿qué alternativas tengo?
JDB/Tijuana
R: Aunque pase un siglo no lo vas a terminar de pagar. Las udis se inventaron en el sexenio de Zedillo para proteger a las entidades financieras, no a sus clientes. Lo vengo diciendo desde entonces. Vamos a poner a prueba a Mario di Costanzo, ahora en Condusef. Envíale tu caso.
 
Asunto: definición de outsourcing
 
Comparto sólo enparte la bien argumentada opinión de su lector Armando Peláez Goycochea. Respecto del vocablo outsoursing de la lengua inglesa, éste está aún muy lejos de ser comprensible para el común de la gente en México; por tanto, muchísimo menos es una palabra ‘‘unívoca, justa y precisa’’, como juzga tu lector. ¿Por qué no usar ‘‘subcontratación’’? Pero concediendo, que no aceptando, rendirse a buscar un término en español que todos comprendamos, agregaría así este vocablo al Diccionario de Mexicanismos con su respectiva definición: ousorsin (del ingl. outsourcing, subcontratando). ‘‘Subcontratando personal. Contratando trabajadores mediante una empresa empleadora para economizar salarios y evitar derechos laborales. Recurso usual, en la actualidad, mediante el cual se evita otorgar prestaciones a los empleados y pagarles seguro médico, reparto de utilidades, aguinaldo y demás gastos ‘onerosos’ para la empresa explotadora de la mano de obra’’.
Carlos García Mora, maestro etnólogo
R: Es una sesuda definición.
Twitter
¡Fernando Bribiesca Sahagún se trabó al leer ‘‘CPEUM’’ y nunca supo qué son las siglas de la Constitución del país! Ah, que Marthito Jr.
Zazil Carreras @ZazCarreras3_0
Grupo Lala adquiere control de Aeroméxico
Sexenio pasado: 500 mil muertos por diabetes. Coca-Cola importa fructosa, aniquila ingenios azucareros y jode presupuesto IMSS
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